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marzo 11, 202611 min de lectura

Convenio Hostelería 2025-2026: Salarios, Jornada y Derechos

Guía práctica del convenio de hostelería en España. Jornada, salarios, descansos, horas extras, contratos y vacaciones. Actualizado a 2026.

Diego Cárdenas

Diego Cárdenas

Fundador de Turnozo

Actualizado abril 27, 2026
Resumen visual del convenio de hostelería en España

Si gestionas un restaurante, bar, hotel o cualquier negocio de hostelería en España, hay un documento que te afecta todos los días: el convenio colectivo de hostelería.

El problema es que no hay "un" convenio. Hay uno por provincia (o comunidad autónoma), cada uno con sus propias tablas salariales, pluses y particularidades. Lo que vale en Madrid no vale en Málaga.

La respuesta corta es esta: el ALEH fija el marco general, pero salario, jornada, pluses y revisiones salariales dependen del convenio provincial que te aplique.

Esta guía te explica cómo funciona el sistema, qué dice la normativa y qué tienes que cumplir sí o sí, sin importar en qué provincia estés.

Importante

Si lo que realmente buscas es convenio hostelería Madrid 2026, tablas salariales o subida salarial, usa esta guía como página base y cruza luego con el detalle de hostelería Madrid 2026: salarios por categoría. La duda general y la duda de nómina no suelen ser la misma.

Cómo funciona el convenio de hostelería en España

Lo primero que debes saber: no existe un convenio estatal de hostelería con tablas salariales. Lo que existe es el ALEH (Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería), actualmente en su versión VI, publicado en el BOE en marzo de 2023.

El ALEH establece el marco general:

  • Clasificación profesional (grupos, áreas funcionales, puestos)
  • Subrogación de trabajadores en concesiones
  • Formación profesional
  • Criterios generales de contratación

Pero las condiciones concretas del día a día - cuánto cobras, cuántas horas trabajas, qué pluses recibes - las fija tu convenio provincial.

¿Qué convenio me aplica?

El que corresponda a la provincia donde está tu centro de trabajo, no donde esté la sede de la empresa. Si tienes locales en Madrid y Valencia, cada uno se rige por su convenio provincial.

Puedes consultar tu convenio en:


Jornada laboral en hostelería

La jornada es probablemente el punto que más conflictos genera. Estos son los límites generales que comparten la mayoría de convenios provinciales:

ConceptoLímite
Jornada anual máxima1.784-1.800 horas de trabajo efectivo
Jornada semanal40 horas máximo
Jornada diaria8 horas (hasta 9h 30min en empresas de menos de 50 trabajadores)
Descanso entre jornadas12 horas mínimo
Descanso dentro de jornada30 minutos si la jornada supera 6 horas
Partida máxima2 tramos por jornada

Fuentes: Convenio de Hostelería de Madrid; Estatuto de los Trabajadores (art. 34)

La jornada partida

En hostelería es habitual la jornada partida: un turno de mañana y otro de tarde/noche, con un descanso entre medias. El convenio limita a dos tramos por jornada - no puedes hacer que alguien venga tres veces en un día. Si necesitas organizar turnos rotativos, consulta nuestra guía de turnos rotativos.

Flexibilidad en empresas pequeñas

En centros de trabajo con menos de 50 personas, muchos convenios permiten ampliar la jornada diaria hasta 9 horas y 30 minutos algunos días. Pero cada hora que pase de 8 debe compensarse en descanso. Cuándo un trabajador acumula 8 horas por encima de 8 diarias, tiene derecho a un día de descanso extra unido a su libranza semanal.

En empresas de 50 o más trabajadores, algunos convenios establecen una "bolsa de flexibilidad" de hasta 100 horas anuales, que permite ampliar la jornada diaria a 9 horas y la semanal a 44, con compensación posterior en días libres.

¿Respetas la jornada máxima de tus empleados?

Comprueba si la jornada que programas cumple los límites del convenio.

Horas anuales programadas:

€1880

horas

Si el resultado supera 1.800, estas por encima del limite de la mayoria de convenios de hosteleria. Cada hora de mas es una hora extra que debe pagarse o compensarse.

Controla las horas con Turnozo

Salarios en hostelería: cómo funcionan las tablas

Si vienes buscando tablas salariales del convenio de hostelería, la idea clave es esta: no existe una única tabla nacional. Lo que cobra un camarero, un ayudante o un jefe de cocina depende del convenio provincial o autonómico que te aplique.

Las tablas salariales son provinciales. No hay un "salario de camarero en España" - hay un salario de camarero en Madrid, otro en Barcelona, otro en Sevilla. Y pueden variar bastante.

Estructura del salario

El salario en hostelería se compone de:

  1. Salario base - según categoría profesional y tipo de establecimiento
  2. Plus convenio - complemento mensual (normalmente 11 meses al año)
  3. Plus de manutención - para quienes trabajan durante servicios de comida/cena
  4. Pagas extras - la mayoría de convenios establecen 2 pagas extras anuales

Ejemplo: Madrid 2025-2026

Madrid merece mención aparte porque es una de las variantes que más se consulta. Si buscas convenio hostelería Madrid 2026, tablas salariales hostelería Madrid o incluso subida convenio hostelería Madrid 2026, lo que normalmente quieres comprobar es salario base, plus convenio, revisión salarial y cuánto cambia por categoría. Si quieres ese enfoque más aterrizado, revisa también nuestro desglose de hostelería Madrid 2026: salarios por categoría.

Además, muchas búsquedas no van solo a la tabla general, sino a categorías concretas como camarero, cocinero o camarera de pisos. Por eso este convenio funciona mejor como una página hub: la tabla te da la base, pero la duda real suele estar en cómo interpretar la categoría correcta, los pluses y la revisión salarial.

CategoríaSalario base mensualPlus convenio
Jefe de cocina (Nivel I)~1.415 €~191 €
Camarero (Nivel III)~1.251 €~191 €
Ayudante de camarero~1.100-1.150 €~191 €

Fuente: Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunidad de Madrid 2023-2025

Qué revisar además de la tabla salarial

La tabla no te da la foto completa. Antes de dar una nómina por buena, revisa también:

  • plus convenio
  • plus de manutención si aplica
  • pagas extra
  • nocturnidad y festivos
  • jornada anual del convenio que te toca
  • si la categoría usada en nómina coincide con las funciones reales

Si además gestionas turnos rotativos, conviene cruzar esto con turnos nocturnos, descansos entre jornadas, nuestra calculadora de nómina y la guía de hostelería Madrid 2026: salarios por categoría.

Categorías que más dudas generan en hostelería

En la práctica, estas son las categorías donde más se mezclan salario base, revisión salarial y errores de encuadre.

Camarero/a

Es la consulta más típica. Muchas veces la empresa mira la tabla y cree que con eso basta, pero el coste final cambia mucho si hay cierres, festivos, noches o jornadas partidas.

Cocinero/a

Aquí aparece mucho la duda de convenio cocinero. No siempre significa que falte una página aparte. Muchas veces significa que la empresa quiere comprobar si el salario base, la jornada o la categoría aplicada encajan con las funciones reales del puesto. Si quieres revisar ese caso con más detalle, aquí tienes una guía específica sobre convenio de cocinero: salario, jornada y categoría.

Ayudante de cocina

Suele ser la categoría donde más se paga por comparación en lugar de por convenio. Eso abre la puerta a errores pequeños cada mes que, acumulados, acaban siendo caros.

Camarera de pisos / hospedaje

En hoteles y alojamientos esta categoría concentra dudas propias: salario base, descansos, carga de trabajo real y si la categoría aplicada corresponde con las tareas del puesto.

Importante

Si la duda concreta es Madrid, no te quedes solo con la visión general del convenio. Cruza esta guía con hostelería Madrid 2026: salarios por categoría, donde aterrizamos camarero, cocinero, ayudante y personal de sala con una lógica más de nómina que de resumen legal.

Incrementos salariales recientes

La mayoría de convenios provinciales han pactado subidas significativas en los últimos años:

AñoIncremento típico
20235-6%
20244-5%
20253-4%
20263-3.6% (donde ya está pactado)

Estas subidas se aplican sobre todos los conceptos salariales (base + pluses), salvo los que el propio convenio marque como no revisables.


Descansos obligatorios

Descanso entre jornadas

12 horas mínimas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. Esto es ley (Estatuto de los Trabajadores, art. 34.3), no una recomendación. Si tu empleado termina a las 23:00, no puede empezar antes de las 11:00 del día siguiente.

Para profundizar: Descanso entre jornadas: lo que dice la ley.

Descanso semanal

Dos días por semana. En empresas de 20 o más trabajadores, deben ser ininterrumpidos. En las más pequeñas pueden no ser consecutivos, pero con rotación equitativa de los días libres.

La empresa debe publicar un calendario laboral en enero de cada año con los turnos, festivos y sistema de descanso.

Descanso dentro de la jornada

Si la jornada continua supera las 6 horas, el trabajador tiene derecho a 30 minutos de descanso. En la mayoría de convenios, estos 30 minutos no computan como trabajo efectivo, salvo mejora por parte de la empresa.


Horas extras en hostelería

Las horas extraordinarias en hostelería se rigen por reglas claras:

ConceptoRegla
Qué sonLas que superan la jornada semanal fijada en calendario
RetribuciónRecargo del 100% sobre la hora ordinaria
Compensación alternativa1,5 horas de descanso por cada hora extra
Máximo anual80 horas extras por trabajador

Lo que ocurre en la práctica: muchos negocios de hostelería superan las 80 horas extras sin registrarlas. Desde el RD-ley 8/2019, el registro de jornada es obligatorio, y la Inspección de Trabajo cruza los datos de registro con las nóminas. Si las horas no cuadran, hay sanción.


Vacaciones

El mínimo legal son 30 días naturales al año (Estatuto de los Trabajadores, art. 38). Muchos convenios de hostelería no mejoran este mínimo, pero establecen reglas sobre cuándo se pueden disfrutar:

  • La empresa debe comunicar las fechas con al menos 2 meses de antelación
  • No se pueden solapar vacaciones de la misma sección si afecta al servicio
  • Los días festivos trabajados suelen compensarse en descanso

Contratos habituales en hostelería

Contrato temporal por circunstancias de la producción

Para picos de actividad: festivos, temporada alta, vacaciones del personal. Duración máxima: 9 meses dentro de un periodo de 12 meses. Debe detallar la causa concreta y su conexión con la duración.

Contrato a tiempo parcial

Debe indicar la distribución horaria. Puede ser rotativa, pero se tiene que comunicar con antelación.

Contrato fijo-discontinuo

Para trabajos estacionales o intermitentes. El convenio regula:

  • Criterios de llamamiento (categoría, antigüedad)
  • Plazo de aviso: 7 días con carácter general, 3 días para servicios extraordinarios
  • Mínimos de jornadas anuales para fijos-discontinuos a tiempo parcial

Subidas, revisiones salariales y por qué Madrid está tirando tanto

Una parte importante del tráfico de hostelería no viene de gente buscando solo el nombre del convenio. Viene de búsquedas mucho más concretas:

  • convenio hostelería Madrid 2026
  • tablas salariales hostelería Madrid
  • subida convenio hostelería Madrid 2026
  • salario de camarero o cocinero por categoría

Eso suele indicar una necesidad muy práctica: confirmar si la empresa está usando la revisión salarial correcta o si la nómina sigue anclada en una tabla anterior.

Por eso, cuando la duda es Madrid, conviene revisar dos cosas a la vez:

  1. la guía general del convenio
  2. la lectura aterrizada por categorías en hostelería Madrid 2026: salarios por categoría

Nocturnidad y festivos

Trabajo nocturno

El periodo nocturno es de 22:00 a 06:00. Los trabajadores nocturnos tienen limitaciones específicas:

  • No pueden hacer más de 8 horas diarias de media en un periodo de 15 días
  • Tienen derecho a un complemento de nocturnidad regulado por cada convenio provincial

Para más detalle sobre cómo gestionar turnos de noche, consulta nuestra guía de turnos nocturnos.

Trabajo en festivos

Los festivos trabajados se compensan según el convenio provincial. Lo habitual:

  • Descanso compensatorio en otro día
  • O retribución adicional (normalmente con recargo)

Si la duda concreta es cómo separar festivo, domingo, nocturnidad y descanso compensatorio, revisa también festivos en hostelería: cuánto se pagan y qué compensa.


Lo que más incumple la hostelería (y las multas)

La Inspección de Trabajo tiene los ojos puestos en hostelería. Estas son las infracciones más comunes:

InfracciónMulta
No respetar el descanso entre jornadas751 - 7.500 €
No registrar la jornada751 - 7.500 €
No pagar horas extras751 - 7.500 €
Incumplir tablas salariales751 - 7.500 €
Contrato temporal fraudulento1.000 - 10.000 €

Fuente: LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social)

Cada incumplimiento es una infracción independiente. Si tienes 5 empleados sin respetar descansos, son 5 infracciones. Las multas se acumulan.

¿Cuánto te puede costar un incumplimiento?

Calcula el riesgo de sanción por incumplimientos comunes en hostelería.

Riesgo mínimo de sanción:

€4506

Esto es el mínimo. Las multas pueden multiplicarse según la gravedad y la reincidencia. Un software de gestion de turnos automatiza el cumplimiento de jornadas y descansos.

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El punto clave

El convenio de hostelería no es un documento que lees una vez y guardas en un cajón. Es lo que marca cuánto pagas, cuántas horas programas y qué descansos respetas - cada semana.

Lo que más problemas causa no es el desconocimiento del convenio. Es la gestión manual de turnos que no respeta los límites automáticamente. Programas un turno de cierre seguido de uno de apertura sin darte cuenta de que no hay 12 horas entre medias. Acumulas horas extras que nadie registra. Y cuando llega la Inspección, los números no cuadran.

Un software de turnos no sustituye leer tu convenio provincial. Pero sí evita los errores que la gestión manual provoca.


Sigue leyendo:

Preguntas frecuentes

La jornada máxima en hostelería es de 40 horas semanales y 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, según la mayoría de convenios provinciales. La jornada diaria no puede superar las 8-9 horas dependiendo del tamaño de la empresa, con un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas.

Depende de la provincia. En Madrid, un camarero (Nivel III) tiene un salario base de unos 1.250 euros mensuales en 2025. A eso se suma el plus convenio (unos 191 euros/mes) y el plus de manutención si aplica. Las tablas salariales varían según el convenio provincial.

En España no existe un convenio estatal de hostelería con tablas salariales. Existe el ALEH VI (Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería) que establece el marco general, pero las condiciones concretas - salarios, jornada, pluses - las fija cada convenio provincial o autonómico.

El descanso semanal mínimo es de dos días. En empresas de 20 o más trabajadores deben ser ininterrumpidos. En las más pequeñas pueden no ser consecutivos, pero con rotación equitativa. Además, hay un mínimo de 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

Las horas extras en hostelería se pagan con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, o se compensan con 1,5 horas de descanso por cada hora extra trabajada, según lo que se pacte. El máximo legal es de 80 horas extras al año.

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