Control horario en España: guía completa para pymes
Todo lo que necesitas saber sobre el registro de jornada obligatorio en España: qué dice la ley, cómo cumplir, multas, y qué cambia en 2026.

Diego Cárdenas
Fundador de Turnozo

Si tienes empleados en España, ya estás obligado a registrar su jornada. Desde mayo de 2019.
No es opciónal. No depende del tamaño de tu empresa. No importa si tienes 3 empleados o 300. La ley es clara: todas las empresas deben llevar un registro diario de las horas de entrada y salida de cada trabajador.
Y hay una reforma en camino que va a endurecer los requisitos.
Esta guía te explica qué dice la ley hoy, qué cambia con la nueva normativa, cuánto te puede costar no cumplir, y cómo hacerlo bien sin complicarte la vida.
Qué dice la ley actual
El Real Decreto-ley 8/2019 (concretamente el Articulo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores) obliga a todas las empresas a:
- Registrar la jornada diaria de cada empleado, incluyendo hora de inicio y fin.
- Conservar los registros durante 4 años.
- Tenerlos disponibles para los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
No especifica como. Puedes usar papel, Excel, una app o un sistema biométrico. Lo que importa es que el registro exista, sea fiable y este accesible.
A quién afecta
A todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena. Sin excepciónes por tamaño ni sector.
Las unicas exclusiones reales son:
- Altos directivos con contrato de alta dirección (RD 1382/1985).
- Autonomos sin empleados (no hay relación laboral que registrar).
- Algunas relaciónes laborales especiales, con matices.
Si tienes dudas sobre tu caso concreto, consúltalo con tu asesoría. Pero la regla general es simple: si tienes empleados, registras.
Las multas: cuánto puede costarte
La Inspección de Trabajo sancióna el incumplimiento segun la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS):
| Tipo de infracción | Rango de sanción | Ejemplo |
|---|---|---|
| Leve | 60 a 625 euros | Defectos formales menores en el registro |
| Grave | 626 a 6.250 euros | No tener registro de jornada |
| Muy grave | 6.251 a 225.018 euros | Fraude, reincidencia, falsificación de registros |
Las sanciones graves se aplican por trabajador afectado. Si tienes 10 empleados sin registro, multiplica.
Desde 2019, la Inspección ha intensificado las campañas. No es solo una ley sobre el papel.
El método que usan la mayoría de pymes (y por qué falla)
La realidad: muchos negocios pequenos usan un Excel, un cuaderno o directamente nada. Funcionan hasta que llega una inspeccion o un conflicto con un empleado por horas extra no reconocidas.
Problemas habituales del control manual:
- Se olvida. Si depende de que alguien rellene algo a mano, se olvida.
- Se manipula fácil. Un Excel se puede editar despues. No tiene trazabilidad.
- No prueba nada. Si un trabajador reclama horas extra, tu Excel no es una prueba solida.
- Consume tiempo. Alguien tiene que recopilar, cuadrar y archivar cada semana.
Para 3 empleados puede funcionar. Para 10 o más, se convierte en un problema administrativo recurrente.
Qué cambia con la nueva reforma
Para un análisis detallado de la reforma y su estado actual, lee nuestra guía sobre fichaje digital obligatorio en 2026.
Hay una reforma en trámite que modificara los requisitos del registro de jornada. A fecha de febrero de 2026, no esta aprobada. Se ha retrasado varias veces por desacuerdos politicos.
Cuando se apruebe (y es cuestion de cuando, no de si), estos son los cambios principales:
Lo que cambia
- Fichaje digital obligatorio. El papel y el Excel dejarán de ser validos.
- Registro en tiempo real. Nada de apuntar las horas al final del día o de la semana.
- Registros inalterables. Cualquier corrección debe dejar rastro (quien la hizo, cuando y por que).
- Acceso remoto para la Inspección. Podran consultar tus registros sin avisar ni desplazarse.
- Credenciales individuales. Cada trabajador ficha con su propia cuenta (PIN, QR, tarjeta NFC). Nada de fichar por otro.
- Biometria excluida. Huella dactilar y reconocimiento facial quedan fuera.
- Retencion de 4 años (esto no cambia).
- Entrada en vigor: 20 días despues de publicarse en el BOE.
Lo que NO cambia
- La obligación de registrar sigue siendo la misma (ya existe desde 2019).
- Aplica a todas las empresas con empleados.
- Las multas se mantienen en los mismos rangos de la LISOS.
Por qué aún no esta aprobada
La reforma se presento inicialmente ligada a la reducción de jornada a 37,5 horas semanales. Esa negociación se complico. El Gobierno la separo cómo decreto-ley independiente en septiembre de 2025, pero sigue atascada por:
- Desacuerdos sobre la certificación del software (quien valida que una app cumple).
- Preocupaciones de protección de datos (acceso remoto de la Inspección).
- Coste de implantación para micropymes.
Puede aprobarse en la primera mitad de 2026, pero también podria retrasarse a 2027.
Como cumplir de forma práctica
No necesitas un sistema complejo. Necesitas uno que funcione todos los días sin depender de la buena voluntad de nadie.
Opción 1: Papel o Excel (valido hoy, no por mucho tiempo)
Si tu equipo es muy pequeno (2-3 personas) y quieres lo mínimo:
- Hoja impresa con entrada, salida y firma del trabajador.
- O un Excel con fecha, hora de entrada, hora de salida, horas totales.
- Archivalo durante 4 años.
Limitaciones: sin trazabilidad, fácil de manipular, no valdrá cuando se apruebe la reforma digital.
Opción 2: App de fichaje digital (recomendado)
La opción que más sentido tiene para la mayoría de pymes:
- El empleado ficha desde el móvil al llegar y al salir.
- El GPS confirma que esta en el sitio.
- Las horas se calculan solas.
- Los registros son inalterables y se guardan en la nube.
- Accesibles para el trabajador y para la Inspección si lo piden.
Es lo que la nueva ley va a exigir. Si montas el sistema ahora, no tendrás que cambiar nada cuando se apruebe.
Con Turnozo, tus empleados fichan desde la app con un toque. El GPS verifica que estan en su puesto. Las horas se calculan automaticamente y puedes exportar los partes de horas para la nómina. Todo por 2,47 euros por empleado al mes, sin permanencia.
Opción 3: Terminal físico
Máquinas de fichaje con tarjeta o PIN. Funcionan bien para oficinas o fábricas con un punto de entrada fijo. Mas caras de instalar y mantener, y no sirven para equipos que trabajan en distintas ubicaciones.
Registro de jornada en sectores específicos
Hostelería (restaurantes, bares, hoteles)
El sector con más inspecciones de registro de jornada. Turnos irregulares, horas partidas y personal temporal lo hacen especialmente sensible.
Lo que necesitas:
- Registro que cubra turnos partidos (manana + noche con descanso intermedio).
- Control de las horas extra reales, que en hostelería suelen infraregistrarse.
- Acceso fácil para empleados a tiempo parcial y temporales.
Comercio (retail)
Turnos rotativos, fines de semana, personal a tiempo parcial. El riesgo principal es el descuadre entre horas contratadas y horas trabajadas.
Limpieza
Equipos que trabajan en múltiples ubicaciones. Necesitas fichaje móvil con GPS para verificar que estan en el sitio correcto a la hora correcta.
Construccion
Obligacion adicional de libro de subcontratacion. El registro de jornada se suma a los controles de seguridad y prevención.
Preguntas que te haras (y sus respuestas cortas)
"Tengo empleados en teletrabajo, también tengo que registrar?" Si. La ley no distingue entre presencial y remoto. El registro es obligatorio igual.
"Y si un empleado se niega a fichar?" La responsabilidad es de la empresa. Puedes (y debes) establecerlo cómo obligación interna y aplicar medidas disciplinarias si no se cumple.
"Los becarios también?" Depende de la relación. Si hay relación laboral, si. Si es un convenio de prácticas sin relación laboral, tecnicamente no, pero muchas empresas lo incluyen por seguridad.
"Puedo usar WhatsApp para que me manden la hora?" Legalmente, cualquier formato vale (por ahora). Pero un mensaje de WhatsApp no es un registro fiable, no es inalterable y no escala. No lo recomendamos.
Lista de verificación para tu empresa
Antes de que llegue la Inspección (o la nueva ley), comprueba que:
- Registras la jornada de TODOS los empleados, cadadía.
- El registro incluye hora de inicio y hora de fin.
- Los empleados tienen acceso a sus propios registros.
- Conservas los registros durante al menos 4 años.
- Tu sistema es fiable y dificil de manipular.
- Tienes un protocolo para incidencias (olvidos, errores, correcciónes).
- Si usas papel o Excel, tienes un plan para migrar a digital.
Si además de registrar horas necesitas organizar los turnos de tu equipo, tenemos una guía paso a paso para hacer un cuadrante de trabajo.
Conclusión
El control horario no es un trámite burocrático. Es una obligación legal que lleva en vigor desde 2019 y que se va a endurecer.
Si aún usas papel o Excel, funciona por ahora. Pero la reforma digital esta en camino y cuando se apruebe, no habrá período de gracia largo.
El movimiento inteligente es montar un sistema digital ahora, mientras puedes hacerlo sin prisa. Asi cumples con la ley actual, estaras preparado para la nueva, y de paso te ahorras el caos de cuadrar horas a mano cada semana.
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Preguntas frecuentes
Si. Desde mayo de 2019, todas las empresas en España deben registrar la jornada diaria de cada empleado. Lo establece el Real Decreto-ley 8/2019 y el Articulo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.
Las sanciones van desde 626 hasta 6.250 euros por trabajador afectado (infracción grave). En casos de reincidencia o fraude, pueden llegar hasta 225.018 euros.
A día de hoy, si. La ley de 2019 no especifica el formato. Pero hay una reforma en trámite que obligara al fichaje digital con registros inalterables. Si usas Excel, empieza a planificar la transición.
Cuatro años. La empresa debe conservar los registros de jornada durante ese período y tenerlos disponibles para la Inspección de Trabajo.
Muy pocos. Los altos directivos con contratos de alta dirección (regulados por el RD 1382/1985) y algunos casos de relaciónes laborales especiales. Los autónomos sin empleados no estan obligados porque no hay relación laboral.
Todavía no. Hay una reforma en trámite que lo haria obligatorio, pero a fecha de febrero de 2026 sigue estancada en el Parlamento. La ley vigente no exige formato digital, aunque si se aprueba la reforma, el papel y el Excel dejarán de ser validos.
La responsabilidad recae sobre la empresa, no sobre el trabajador. Si la Inspección detecta que no hay registro, la sanción es para el empresario.
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