Convenio de peluquería 2026: salarios, jornada y derechos
Guía práctica del convenio de peluquerías, institutos de belleza y estética 2024-2026. Tablas salariales, jornada 1.750h, grupos profesionales y permisos.

Diego Cárdenas
Fundador de Turnozo

Si tienes una peluquería, una barbería o un centro de estética en España, el convenio colectivo es el documento que fija las condiciones laborales de tu equipo: cuánto cobran, cuánto trabajan, qué permisos tienen y quién paga los uniformes.
El nuevo convenio estatal de peluquerías se publicó en el BOE el 22 de octubre de 2024. Está vigente hasta diciembre de 2026 y afecta a más de 200.000 trabajadores del sector.
Esta guía te resume lo que necesitas saber como empleador o como trabajador, sin jerga legal innecesaria.
Respuesta rápida: BOE, vigencia y código del convenio
| Dato | Resumen práctico |
|---|---|
| Convenio vigente | Convenio colectivo estatal de peluquerías, institutos de belleza y gimnasios 2024-2026 |
| Código oficial | 99010955011997 |
| Publicación BOE | 22 de octubre de 2024 |
| Vigencia salarial | Tablas para 2024, 2025 y 2026, con revisión si se supera el IPC pactado |
| Jornada anual | 1.750 horas efectivas, más 4 días de asuntos propios |
Si buscas el texto oficial, comprueba siempre el BOE y tu convenio provincial antes de cerrar nóminas o cuadrantes. Esta página traduce lo importante para operar un salón: salarios, jornada, permisos, registro horario y organización del equipo.
Qué empresas cubre este convenio
El convenio colectivo estatal de peluquerías, institutos de belleza y gimnasios (código 99010955011997) se aplica a todas las empresas cuya actividad sea:
- Peluquerías (señoras, caballeros, unisex)
- Barberías
- Institutos de belleza y gabinetes de estética
- Salones de manicura, pedicura y depilación
- Personal que realiza estas funciones en hoteles, sanatorios, colegios, balnearios, etc. (salvo que estén cubiertos por otro convenio)
Ojo con los gimnasios
A pesar del nombre del convenio, los gimnasios ya no están incluidos. El convenio 2024-2026 los excluye expresamente. Los gimnasios se rigen ahora por el V Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios.
Si gestionas un centro que combina estética y gimnasio, revisa bien cuál es tu actividad principal para saber qué convenio aplica.
Grupos profesionales
El convenio clasifica a los trabajadores en grupos según sus funciones y responsabilidades. Cada grupo tiene su salario base y su grupo de cotización a la Seguridad Social.
| Grupo | Funciones típicas | Cotización SS |
|---|---|---|
| Grupo 0 | Dirección, gerencia | Grupo 1 |
| Grupo I | Ayudantes, aprendices, personal de limpieza | Grupo 10 |
| Grupo II | Oficial de peluquería, esteticista, manicurista | Grupo 9 |
| Grupo III | Oficial de primera, especialista con experiencia | Grupo 8 |
| Grupo IV | Encargado/a, estilista senior, responsable de centro | Grupo 3 |
Las empresas tienen 3 meses desde la publicación del convenio para formalizar la plantilla de cada centro de trabajo, especificando:
- Nombre y apellidos
- Número de afiliación a la Seguridad Social
- Grupo profesional
- Centro de trabajo
- Fecha de ingreso
Tablas salariales 2024-2026
Aquí está lo que marca el convenio estatal. Recuerda que los convenios provinciales pueden mejorar estas cantidades (pero nunca empeorarlas).
Tablas salariales por año
| Grupo | 2024 (EUR/mes) | 2025 (EUR/mes) | 2025 (EUR/año) | 2026 (EUR/mes) | 2026 (EUR/año) |
|---|---|---|---|---|---|
| Grupo I | 1.134 | 1.200 | 16.800 | 1.250 | 17.500 |
| Grupo II | 1.185 | 1.275 | 17.850 | 1.325 | 18.550 |
| Grupo III | 1.202 | 1.300 | 18.200 | 1.350 | 18.900 |
| Grupo IV | 1.219 | 1.325 | 18.550 | 1.375 | 19.250 |
Los salarios anuales se calculan en 14 pagas (12 mensualidades + 2 pagas extraordinarias).
Revisión salarial (cláusula IPC)
- Si el IPC de diciembre de 2025 supera el 6%, se aplica un incremento adicional máximo del 1% para 2026
- Si el IPC de diciembre de 2026 supera el 7%, se aplica un incremento adicional máximo del 1% para 2027
Plus de transporte
- 2024: 2,70 euros/día efectivamente trabajado
- Desde 2025: se suprime el plus de transporte y se incorpora al salario base
Garantía de diferenciación salarial
Desde 2025, el convenio garantiza que cada grupo profesional mantenga una diferencia mínima respecto al Salario Mínimo Interprofesional (SMI):
- Grupo II: SMI + 10 euros/mes
- Grupo III: SMI + 20 euros/mes
- Grupo IV: SMI + 30 euros/mes
Esto protege a los trabajadores de grupos superiores cuando el SMI sube y se acerca a los salarios del convenio.
Salario bruto anual en peluquería
Calcula el salario bruto anual según tu grupo profesional y año.
Una oficial de peluquería (Grupo II) cobra 1.325 EUR/mes en 14 pagas en 2026. El salario ha subido un 11,8% desde 2024 (1.185 EUR).
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Límites de jornada
| Concepto | Límite |
|---|---|
| Jornada anual | 1.750 horas efectivas |
| Jornada diaria máxima | 9 horas |
| Descanso entre jornadas | Mínimo 12 horas |
| Descanso en jornada continua | 15 minutos si supera 6 horas |
La jornada de 1.750 horas no incluye los días de asuntos propios. Es decir, los 4 días de asuntos propios son adicionales a la jornada anual.
Reducción de jornada legal
El convenio incluye una cláusula importante: las partes firmantes acuerdan la incorporación inmediata de "cualquier modificación legal que contemple una jornada distinta de la aquí pactada."
Esto significa que si la reducción de jornada a 37,5 horas semanales se aprueba definitivamente, se aplicará automáticamente sin necesidad de renegociar el convenio.
Registro de jornada
Recuerda que desde el RD-ley 8/2019, todas las empresas están obligadas a registrar la jornada de sus trabajadores. Esto incluye peluquerías y centros de estética, independientemente del tamaño. Si todavía usas Excel para el registro, lee nuestra comparativa entre fichaje con Excel y apps.
Permisos y licencias
El convenio 2024-2026 actualiza los permisos a la legislación vigente:
| Permiso | Duración |
|---|---|
| Asuntos propios | 4 días al año |
| Matrimonio de hijos o hermanos | 1 día |
| Accidente/enfermedad grave de familiar | 5 días laborables (cónyuge, pareja de hecho, hasta 2.o grado) |
| Permiso parental | 8 semanas (según legislación vigente) |
| Permiso por fuerza mayor familiar | Según legislación vigente |
| Vacaciones | 30 días naturales (mínimo legal) |
Incapacidad temporal
En caso de accidente de trabajo, el trabajador percibe el 100% del salario real desde el primer día, a cuenta de la empresa. Esto es una mejora significativa sobre el mínimo legal, que solo garantiza el 75% a partir del día siguiente al accidente.
Uniformes y equipamiento
Las empresas deben entregar anualmente:
- Calzado adecuado para todos los trabajadores
- Si la empresa exige uniformidad: 2 uniformes de verano + 1 uniforme de invierno
- La conservación y limpieza corren a cargo del trabajador
- El uniforme debe adaptarse al estado de gestación de la trabajadora embarazada
Contratos de duración determinada
El convenio sigue la regulación de la reforma laboral 2021-2022:
- Por circunstancias de la producción: para picos de demanda (navidades, bodas, temporada alta). El convenio define situaciones previsibles e imprevisibles
- Por sustitución: para cubrir ausencias de otros trabajadores
Ya no existen los antiguos contratos temporales "por obra y servicio." Si necesitas personal temporal, tiene que encajar en una de estas dos categorías.
Igualdad y protocolo de acoso
El convenio incluye medidas específicas sobre:
- Igualdad y no discriminación en el empleo
- Protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo
- Plan de igualdad obligatorio para empresas de 50 o más trabajadores
Las empresas con menos de 50 trabajadores no están obligadas a tener un plan de igualdad formal, pero sí deben respetar el protocolo de acoso del convenio.
Lo que necesitas como empleador
Si gestionas una peluquería o centro de estética, aquí tienes tu checklist de cumplimiento:
- Revisa que pagas según las tablas de 2026 - cualquier salario por debajo de la tabla es ilegal
- Controla que no superas las 1.750 horas anuales - necesitas un sistema de registro de jornada
- Formaliza la plantilla con grupos profesionales y datos de cada trabajador
- Entrega uniformes y calzado si exiges vestimenta específica
- Ten un protocolo de acoso accesible para todo el personal
- Respeta los 4 días de asuntos propios adicionales a vacaciones
- Paga el 100% desde el primer día en accidentes laborales
La mayoría de estas obligaciones se pueden gestionar con herramientas digitales. El registro de jornada, por ejemplo, no requiere un reloj de fichar físico: una app móvil cumple el mismo objetivo si conserva los registros correctamente. Si también haces turnos, compara opciones en software de control horario para pymes.
Fuentes
- Convenio Colectivo Estatal de Peluquerías, Institutos de Belleza y Gimnasios 2024-2026 - BOE de 22 de octubre de 2024
- Resumen Iberley
- Estatuto de los Trabajadores - artículos 34, 37 y 38
- RD-ley 8/2019 - registro de jornada obligatorio
Preguntas frecuentes
Depende del grupo profesional. Una oficial de peluquería (Grupo II) cobra 1.325 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 18.550 euros brutos anuales. Una ayudante (Grupo I) cobra 1.250 euros/mes (17.500 euros/año). Un encargado o estilista senior (Grupo IV) cobra 1.375 euros/mes (19.250 euros/año). Estas son las tablas del convenio estatal; los convenios provinciales pueden mejorarlas.
La jornada laboral máxima es de 1.750 horas efectivas anuales, sin contar los días de asuntos propios. Esto equivale a unas 38 horas semanales. La jornada diaria no puede superar las 9 horas, con un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas. Si tu jornada continua supera las 6 horas, tienes derecho a 15 minutos de descanso.
Se aplica el Convenio Colectivo Estatal de Peluquerías, Institutos de Belleza y Gimnasios (código 99010955011997), publicado en el BOE de 22 de octubre de 2024. Vigente desde enero de 2024 hasta diciembre de 2026. Cubre peluquerías, barberías, salones de manicura/pedicura, centros de estética y depilación.
No. A pesar de que el nombre del convenio sigue incluyendo 'gimnasios', el nuevo convenio 2024-2026 excluye expresamente a los gimnasios de su ámbito funcional. Los gimnasios se rigen ahora por el V Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios.
El convenio establece 4 días por asuntos propios al año. Además, tienes 1 día por matrimonio de hijos o hermanos. Estos días no se descuentan de las vacaciones. Las vacaciones mínimas son de 30 días naturales al año según el Estatuto de los Trabajadores.
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