33 días de salario por año, con un límite de 720 días. En contratos anteriores al 12/02/2012, el tramo previo se calcula a 45 días por año y el posterior a 33. Si el previo no supera 720 días, el total se limita a 720; si los supera, se conserva solo ese tramo, hasta 1260 días. La improcedencia puede dar lugar a indemnización o readmisión conforme al artículo 56.
20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Se aplica en despidos por causas economicas, tecnicas, organizativas o de producción.
No, si el despido disciplinario es declarado procedente. Si un juez lo declara improcedente, se aplica el régimen de indemnización o readmisión del artículo 56, con los topes y tramos que correspondan. También puedes llegar a un acuerdo en el acto de conciliacion.
Se divide el salario regulador anual verificado entre 365, también en años bisiestos. Hay que revisar los conceptos salariales y el periodo de referencia aplicable; no basta siempre con sumar lo cobrado en los últimos 12 meses.
La indemnizacion por despido esta exenta de IRPF hasta los limites legales (33 días/año para improcedente, 20 días/año para objetivo). Solo tributa el exceso sobre esos limites, si lo hubiera.
Sacar ideas prácticas
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En 2024, se registraron 1,06 millones de despidos en España, según datos de la Seguridad Social recogidos por El Economista. Un 87,9% mas que antes de la reforma laboral.
Si te enfrentas a un despido o simplemente quieres saber lo que te corresponderia, lo primero que necesitas es un número concreto. No generalidades. Un calculo con tu salario, tu antigüedad y tu tipo de despido.
Estas calculadoras estiman la indemnización en relaciones laborales ordinarias. La primera sirve para el despido improcedente de contratos iniciados desde el 12/02/2012; si empezaste antes, usa el doble tramo más abajo. La segunda calcula el despido objetivo.
Introduce el salario regulador anual y los meses indemnizables ya contados. Cada fracción de mes cuenta como un mes completo: no descartes los días sobrantes. Introduce años y meses enteros; sin servicio, el resultado es cero. Para relaciones especiales o fijos discontinuos, consulta la herramienta oficial del CGPJ y revisa los periodos computables.
Indemnización por despido improcedente
33 días por año, con un límite de 720 días de salario.
No todos los despidos dan derecho a la misma indemnizacion. Aqui tienes el resumen:
Despido improcedente: 33 días por año
Es el tipo de despido que mas indemnizacion genera. Se produce cuando:
La empresa no puede justificar la causa del despido
Un juez declara que el motivo alegado no es valido
Se llega a un acuerdo en conciliacion reconociendo la improcedencia
La formula: salario diario x 33 días x años trabajados. Tope: 720 días de salario (24 mensualidades de 30 días).
Ejemplo: Un empleado con salario bruto anual de 28.000 EUR y 8 años de antiguedad:
Salario diario: 28.000 / 365 ≈ 76,71 EUR; conserva el cociente sin redondear hasta el importe final
Indemnizacion: (28.000 / 365) x 33 x 8 = 20.252,05 EUR
Despido objetivo: 20 días por año
Se aplica cuando la empresa alega causas economicas, tecnicas, organizativas o de producción. El tope es mas bajo: 12 mensualidades.
La formula: salario diario x 20 días x años trabajados. Tope: 360 días de salario (12 mensualidades de 30 días).
Ejemplo: Mismo empleado (28.000 EUR, 8 años):
Indemnizacion: (28.000 / 365) x 20 x 8 = 12.273,97 EUR
Despido disciplinario procedente: 0 EUR
Si la empresa demuestra una falta grave (robo, acoso, faltas de asistencia repetidas) y el juez lo confirma, no hay indemnizacion. Solo el finiquito (vacaciones pendientes, parte proporcional de pagas extras).
Fin de contrato temporal: 12 días por año
Cuándo un contrato temporal llega a su fecha de fin, la indemnizacion es de 12 días por año trabajado. No es un despido como tal, pero hay derecho a indemnizacion.
Como se calcula el salario diario
Este es el dato clave. Si lo calculas mal, toda la indemnizacion sale mal.
Paso 1: Verifica el salario regulador anual aplicable al despido. No equivale necesariamente a todo lo cobrado en los últimos 12 meses: revisa el salario vigente y el periodo de referencia de los conceptos variables. Incluye los conceptos salariales que correspondan:
Pagas extraordinarias (prorrateadas si no estan incluidas en la nomina mensual)
Pluses de transporte o vestuario solo si son salariales (no los extrasalariales)
Paso 2: Divide entre 365, también en años bisiestos. Redondea solo el importe final a céntimos.
Lo que NO se incluye:
Dietas y gastos de viaje
Indemnizaciones por traslado
Prestaciones de la Seguridad Social
Complementos extrasalariales
La trampa de las pagas extras
Si cobras 14 pagas, tu salario mensual bruto no es tu salario mensual real a efectos de indemnizacion. Tienes que sumar las 14 pagas y dividir entre 365.
Ejemplo: 1.500 EUR/mes con 14 pagas = 21.000 EUR/año. Salario diario: 57,53 EUR.
Si solo dividieras 1.500 entre 30, te saldria 50 EUR/día. Perderas dinero en la indemnizacion.
Periodos anteriores al 12 de febrero de 2012
Este cálculo se usa para despidos improcedentes posteriores a la reforma de contratos iniciados antes del 12/02/2012. Para contratos posteriores, usa la calculadora ordinaria. No calcula fechas: introduce los meses indemnizables de cada periodo, calculados independientemente; una fracción de mes cuenta como un mes completo en cada tramo. Los límites de entrada de 480 y 240 meses son un horizonte ilustrativo, no una validación de fechas históricas.
1. No incluir las pagas extras. El error mas frecuente. Si cobras 14 pagas y solo divides tu salario mensual entre 30, pierdes dinero. Siempre divide el total anual (incluidas todas las pagas) entre 365.
2. Olvidar los complementos salariales. Nocturnidad, antiguedad, peligrosidad: todo cuenta para el salario regulador. Solo se excluyen los complementos extrasalariales (dietas, transporte).
3. No separar los tramos pre y post 2012. Si tu contrato empezo antes del 12 de febrero de 2012, tienes derecho a 45 días por año en el primer tramo. Muchas empresas calculan todo a 33 días. Usa la calculadora de doble tramo de arriba.
4. Aceptar el finiquito sin revisar. El finiquito es un documento que puedes (y debes) revisar antes de firmar. Firmarlo como "recibido, no conforme" te protege si los numeros no cuadran.
5. Confundir el inicio y la suspensión del plazo. Los 20 días hábiles para impugnar el despido se cuentan desde el día siguiente a su fecha de efectos. La conciliación puede suspender ese cómputo, pero no te concede otros 20 días. Revisa las reglas del apartado siguiente.
Qué hacer si te despiden
Atención
El plazo general es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de
efectos del despido. Puede caducar la acción de despido aunque sigas esperando
una cita de conciliación. Pide asesoramiento y revisa cuándo se reanuda el
plazo.
El plazo es para impugnar el despido, no solo para presentar la papeleta. Se cuenta desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido, no necesariamente desde la entrega de la carta. Así lo regula el artículo 103.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LRJS). En un despido objetivo puedes anticipar la impugnación desde que recibes el preaviso, aunque el cómputo comience tras la extinción: artículo 121.1.
Momento
Qué ocurre con el plazo
Fecha de efectos del despido
Los 20 días hábiles empiezan a contarse al día siguiente.
Presentación de la papeleta de conciliación
Suspende la caducidad desde su presentación: conserva los días que quedan, no reinicia los 20 días.
Conciliación intentada sin acuerdo
El cómputo se reanuda al día siguiente al intento de conciliación.
No se celebra la conciliación
El cómputo se reanuda transcurridos 15 días hábiles desde la presentación: no esperes a una cita posterior.
El artículo 65.1 de la LRJS distingue suspensión y reinicio. Ejemplo: si antes de presentar la papeleta ya has consumido 6 días hábiles, al reanudarse quedan 14, no otros 20. El plazo de 30 días hábiles del artículo 65.2 para dar por cumplido el trámite sin acto no amplía la suspensión de 15 días.
Para la acción de despido no cuentan sábados, domingos y festivos de la sede del juzgado. En cambio, agosto y el periodo del 24 de diciembre al 6 de enero no se excluyen en bloque: el despido es una excepción a esos periodos de inhabilidad, según el artículo 43.4 de la LRJS. Los fines de semana y festivos concretos siguen sin contarse.
Estas reglas describen el régimen general. La conciliación previa tiene excepciones en el artículo 64, y una reclamación solo de cantidades no debe confundirse con la impugnación del despido. Revisa con un profesional la vía aplicable, la fecha de efectos y el calendario del órgano competente. Plazos contrastados el 15 de octubre de 2026 con el texto consolidado del BOE; el artículo 65 recoge la modificación vigente desde el 3 de abril de 2025.
No firmes nada en el momento si no estas seguro. Tienes derecho a leer la carta de despido con calma.
Firma como "no conforme" si decides firmar. Eso no significa que aceptes. Significa que has recibido la notificación.
Anota la fecha de efectos y los días consumidos. Si presentas conciliación, guarda el justificante y comprueba cuándo se reanuda el cómputo para demandar.
Calcula tu indemnizacion con los datos reales de tu nomina, no con estimaciones.
Guarda tus nominas y registros de jornada. Ayudan a revisar el salario y las horas; contrasta la antigüedad con los contratos y el expediente laboral.
Finiquito vs indemnizacion: no es lo mismo
Mucha gente confunde estos dos conceptos:
Finiquito: Es lo que te deben pagar siempre que termina una relación laboral (por despido, baja voluntaria, fin de contrato). Incluye salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extras.
Indemnizacion: Es la compensacion adicional que corresponde en caso de despido. No aplica en baja voluntaria.
Puedes recibir finiquito sin indemnizacion (si te vas voluntariamente) o finiquito + indemnizacion (si te despiden).
La indemnizacion esta exenta de impuestos?
Si, con limites. La indemnizacion por despido esta exenta de IRPF hasta la cuantia establecida por ley:
Despido improcedente: exenta hasta 33 días/año (tope 24 mensualidades)
Despido objetivo: exenta hasta 20 días/año (tope 12 mensualidades)
Si la empresa te paga mas de lo que marca la ley (por ejemplo, en un acuerdo de conciliacion), el exceso si tributa.
Importante: Para que la exencion se aplique, el despido debe ser efectivo. Es decir, no puedes cobrar indemnizacion exenta si sigues trabajando en la misma empresa.
Otras dudas sobre el despido
Me pueden despedir estando de baja medica?
Tecnicamente si. La baja medica no es un "escudo" contra el despido. Pero si la empresa te despide por estar de baja, es muy probable que un juez lo declare improcedente (o incluso nulo si hay discriminación).
¿Qué plazo tengo para impugnar el despido?
El plazo general es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos. La solicitud de conciliación suspende el cómputo, no lo reinicia; se reanuda tras el intento o al transcurrir 15 días hábiles sin celebrarse. Consulta el cómputo y sus excepciones antes de esperar a la cita. Si solo reclamas una cantidad pendiente, revisa el plazo de esa acción por separado.
Qué es un despido nulo?
Es el mas grave para la empresa. Se declara nulo cuando el despido vulnera derechos fundamentales (discriminación por embarazo, represalia por denunciar acoso, etc.). La consecuencia: readmision obligatoria con salarios de tramitacion.
Los periodos a tiempo parcial cuentan igual?
Si. Se computan como años completos de servicio, independientemente de la jornada. Un empleado a media jornada durante 5 años tiene 5 años de antiguedad a efectos de indemnizacion.