# Convenio hostelería Baleares 2026: tablas, BOIB y jornada
Convenio hostelería Baleares 2026: XVII convenio 2025-2028, tablas salariales, BOIB/CAIB, jornada, fijos discontinuos, nocturnidad y turnos.
Source: https://turnozo.com/es/blog/convenio-hosteleria-baleares-2026
Published: 2026-06-14
Updated: 2026-06-14
Category: convenios
Tags: hosteleria-baleares, convenio-hosteleria-baleares, tablas-salariales-hosteleria, salario-camarero-baleares, fijos-discontinuos
Si buscas el **convenio de hostelería de Baleares 2026**, la respuesta corta es: existe convenio autonómico propio y no deberías usar una tabla nacional ni copiar importes de Madrid, Valencia o Sevilla.

La referencia es el **XVII Convenio Colectivo Sectorial de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares**, código **07000435011982**, con efectos salariales desde el **1 de abril de 2025** y vigencia hasta el **31 de marzo de 2028**. En 2026, la pieza práctica es cruzar tres cosas: tabla salarial, categoría del establecimiento y cuadrante real.

> **IMPORTANT:**
> Para nómina, no basta con "salario camarero Baleares". Confirma fuente, fecha
>   de aplicación, categoría A/B/C del establecimiento, nivel profesional,
>   jornada, nocturnidad, desplazamiento y si hay fijos discontinuos o temporada.

Esta guía está pensada para bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, ocio nocturno y alojamientos de Mallorca, Ibiza, Menorca y Formentera que necesitan una lectura operativa: qué documento mirar, qué tabla usar y qué revisar antes de publicar turnos o cerrar nómina.

Si necesitas el mapa general, empieza por la guía del [convenio de hostelería 2026](/es/blog/convenio-hosteleria). Para comparar provincias, tienes páginas específicas de [hostelería Valencia 2026](/es/blog/convenio-hosteleria-valencia-2026) y [hostelería Sevilla 2026](/es/blog/convenio-hosteleria-sevilla-2026).

## Resumen rápido: Baleares 2026

| Tema             | Qué mirar primero                                       | Riesgo si lo haces mal                             |
| ---------------- | ------------------------------------------------------- | -------------------------------------------------- |
| Vigencia         | XVII convenio Baleares 2025-2028                        | aplicar una tabla caducada o de otra provincia     |
| Salario          | nivel profesional y categoría A/B/C del establecimiento | pagar una fila que no corresponde al centro real   |
| Jornada          | 1.776 horas anuales y 40 horas semanales de promedio    | generar exceso de jornada sin compensarlo          |
| Temporada        | llamamientos y reglas de fijos discontinuos             | problemas en hoteles, terrazas y campañas          |
| Nocturnidad      | artículo 26 y reglas por tipo de empresa                | mezclar noches de hospedaje con restauración/ocio  |
| Registro horario | fichajes, cambios y descansos trazables                 | no poder defender el cuadrante si llega inspección |

La regla sana: fuente oficial, categoría correcta, jornada real y revisión antes de pagar. Sin esas cuatro piezas, la tabla salarial es medio dato.

## BOIB y PDF del convenio hostelería Baleares: fuentes a comprobar

Para trabajar sin depender de capturas sueltas, guarda estas referencias:

1. [BOIB núm. 104, 5 de agosto de 2025: XVII convenio colectivo sectorial de hostelería de las Islas Baleares](https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2025/104/1197520)
2. [CAIB/BOIB: anexos retributivos y clasificación de centros del XVII convenio](https://www.caib.es/eboibfront/ConsultaAnnexe?idAnnexe=290416)
3. [BOIB núm. 70, 4 de junio de 2026: acta de comisión paritaria del convenio](https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/70/1221120)
4. Código de convenio: **07000435011982**
5. REGCON, para contrastar inscripción, depósito y publicaciones aplicables

El texto completo del BOIB es la base. Si usas copias sindicales, asesorías o PDFs reenviados para localizar artículos más rápido, cruza los importes con CAIB/BOIB, REGCON y tu asesoría laboral antes de cerrar nómina.

## Vigencia del convenio hostelería Baleares 2026

El XVII convenio indica que entra en vigor al día siguiente de su publicación y mantiene vigencia hasta el **31 de marzo de 2028**. Los efectos retributivos se aplican desde el **1 de abril de 2025**.

Eso significa que 2026 no se lee como año natural puro. Las tablas salariales van por tramos:

| Tramo                        | Para qué sirve                                         |
| ---------------------------- | ------------------------------------------------------ |
| 1 abril 2025 - 31 marzo 2026 | primer tramo salarial del XVII convenio                |
| 1 abril 2026 - 31 marzo 2027 | referencia salarial principal para buena parte de 2026 |
| 1 abril 2027 - 31 marzo 2028 | siguiente actualización pactada                        |

> **WARNING:**
> Ojo con enero, febrero y marzo de 2026: no los mezcles automáticamente con la
>   tabla que empieza el 1 de abril de 2026. Si estás calculando atrasos o cierre
>   anual, separa el tramo exacto de devengo.

## Tablas salariales hostelería Baleares 2026: importes de referencia

El artículo 24 fija el salario base mensual por jornada ordinaria según niveles retributivos y categorías de establecimiento. Para el tramo **1/04/2026 a 31/03/2027**, estos son los importes base mensuales que aparecen en la tabla:

| Categoría establecimiento | Nivel I    | Nivel II   | Nivel III  | Nivel IV   | Nivel V    | Nivel VI   |
| ------------------------- | ---------- | ---------- | ---------- | ---------- | ---------- | ---------- |
| C                         | 2.241,36 € | 2.084,44 € | 1.928,12 € | 1.794,13 € | 1.691,28 € | 1.613,71 € |
| B                         | 2.278,01 € | 2.119,59 € | 1.961,73 € | 1.813,00 € | 1.700,13 € | 1.613,71 € |
| A                         | 2.309,92 € | 2.141,66 € | 1.994,19 € | 1.852,57 € | 1.716,66 € | 1.613,71 € |

_Fuente: XVII Convenio Colectivo Sectorial de Hostelería de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, art. 24, salarios base del 1/04/2026 al 31/03/2027. Importes brutos mensuales de salario base; no incluyen pluses, pagas, atrasos, nocturnidad, desplazamiento ni particularidades de jornada._

> **WARNING:**
> La categoría A/B/C no es decorativa. Sale del anexo de categorías de centros
>   de trabajo a efectos retributivos. Antes de pagar, confirma establecimiento,
>   actividad, nivel profesional y tramo temporal.

## Jornada anual en hostelería Baleares

El artículo 15 fija una duración máxima de **1.776 horas anuales de trabajo efectivo**, computadas con una duración máxima de la jornada ordinaria de **40 horas semanales de promedio**.

Para una pyme de hostelería, la frase importante no es solo "1.776 horas". Es cómo se llega ahí: cierres tarde, aperturas pronto, temporada, libranzas, cambios de última hora y descansos que quedan bonitos en el cuadrante pero no en el fichaje real.

**Checklist antes de publicar el cuadrante:**

- La jornada anual o de campaña no supera el límite aplicable.
- Cada cambio de turno deja rastro de quién lo pidió, quién lo aprobó y cuándo.
- Los descansos entre jornadas no se rompen por cierres y aperturas.
- Los fijos discontinuos tienen llamamiento y periodo correctamente documentado.
- Las noches, festivos y desplazamientos no se mezclan como "turno normal".
- La categoría salarial coincide con el puesto y el establecimiento real.

> **Turnozo CTA:**
> ¿Pasaría tu registro de jornada una inspección? En hostelería, el problema no
>   suele ser saber que existe un convenio: es demostrar descansos, cambios,
>   noches y fichajes cuando alguien pregunta.

## Nocturnidad, desplazamiento y pagas

El convenio separa salario base de complementos. Tres piezas que conviene revisar antes de cerrar nómina:

| Concepto               | Dónde mirar | Cuidado con...                                                                  |
| ---------------------- | ----------- | ------------------------------------------------------------------------------- |
| Nocturnidad            | artículo 26 | reglas distintas para hospedaje/alojamiento frente a restauración, ocio y salas |
| Gratificaciones extra  | artículo 27 | prorrateos, antigüedad y periodos incompletos                                   |
| Plus de desplazamiento | artículo 28 | cuantía mensual/anual, días trabajados e incapacidad temporal                   |

Para el tramo 1/04/2026 a 31/03/2027, el texto recoge un plus de desplazamiento de **141,34 € mensuales** y **1.696,06 € anuales**. Si hay contrato parcial, días sueltos o jornada inferior, revisa las reglas antes de copiar el importe completo.

## Fijos discontinuos y temporada

Baleares no es una provincia cualquiera para hostelería: el peso de la temporada hace que los fijos discontinuos sean una pieza central. El convenio dedica reglas específicas a llamamientos, interrupciones y garantías de ocupación.

En la práctica, esto afecta al cuadrante antes que a la nómina: fechas de llamamiento, periodos de actividad, cambios de campaña, disponibilidad, vacaciones y comunicación con el equipo. Si esas piezas viven en WhatsApp, luego es muy difícil reconstruir qué pasó.

Si trabajas con temporada alta, revisa también la guía de [turnos rotativos](/es/blog/turnos-rotativos) y la de [bolsa de horas](/es/blog/bolsa-de-horas), porque muchos errores aparecen cuando se compensan horas sin separar descanso, extra y cambio voluntario.

## Cómo llevar el convenio al cuadrante

Antes de pagar o publicar turnos, convierte el convenio en campos operativos:

1. **Centro:** isla, establecimiento, categoría A/B/C y actividad real.
2. **Rol:** nivel profesional y funciones efectivas, no solo nombre informal.
3. **Tramo salarial:** 2025-2026, 2026-2027 o 2027-2028.
4. **Jornada:** horas anuales, semanas de campaña y promedio semanal.
5. **Complementos:** noches, desplazamiento, festivos, pagas y antigüedad si aplica.
6. **Registro:** fichajes, cambios y aprobaciones con fecha.

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## Fuentes

- BOIB núm. 104, 5 de agosto de 2025: [XVII convenio colectivo sectorial de hostelería de las Islas Baleares](https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2025/104/1197520)
- CAIB/BOIB: [anexos retributivos y clasificación de centros del XVII convenio](https://www.caib.es/eboibfront/ConsultaAnnexe?idAnnexe=290416)
- BOIB núm. 70, 4 de junio de 2026: [acta de comisión paritaria del convenio](https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/70/1221120)
- Código de convenio: **07000435011982**
- REGCON y asesoría laboral para la verificación final antes de aplicar nómina
